Técnico competente en planes de autoprotección
Te lo ponemos muy fácil, ahora puedes obtener las capacidades reconocidas en: el R.D. 393/2007 por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección, en adelante NBA, en su Artículo 4.1.b, establece que «El Plan de Autoprotección deberá ser elaborado por un técnico competente capacitado para dictaminar sobre aquellos aspectos relacionados con la autoprotección frente a los riesgos a los que esté sujeta la actividad.
- Una vez te hayas solicitado la entrevista. Presencial o videoconferencia. tú elijes.
- Una vez realizada la entrevista y habiendo determinado cuál es tu objetivo formativo, te propondremos el plan de estudios para llevarlo a cabo.
- La formación, la realizarás en una empresa puntera del sector de emergencias donde tendrás la opción una vez finalizada la formación a formar parte de su plantilla y así empezar tu recorrido profesional con un puesto de trabajo.
- Estaremos pendientes de ti. No te sentirás sol@ en ningún momento.
MÓDULO A – ON LINE – 8 horas
1. NORMATIVA BÁSICA Y RELATIVA A LAS ACTIVIDADES DEL REAL DECRETO DE AUTOPROTECCIÓN.
2. NORMAS PARA LA ELABORACIÓN DE LOS PLANES AUTOPROTECCIÓN
3. PAUTAS BÁSICAS PARA SU ELABORACIÓN
4. EXÁMEN PARCIAL
MÓDULO B – ON LINE – 14 horas
1. INTRODUCCIÓN BÁSICA PARA LA REDACCIÓN DE UN PLAN DE AUTOPROTECCIÓN
2. ANÁLISIS DE RIESGOS DE UN PLAN DE AUTOPROTECCIÓN
3. DESCRIPCIÓN DE LOS MEDIOS Y MEDIDAS DE AUTOPROTECCIÓN
4. ESTRUCTURA ORGANIZATIVA
5. IMPLANTACIÓN, MANTENIMIENTO Y ACTUALIZACIÓN
6. EXÁMEN PARCIAL
MÓDULO C – PRESENCIAL – 22 horas
1. PRÁCTICAS EN LA INGENIERÍA LEGAL PLANNING
2. MANEJO DE AUTOCAD
EVALUACIÓN
PRESENTACIÓN DEL PLAN DE AUTOPROTECCIÓN FINAL DE CURSO (INCLUYE FORMACIÓN Y SIMULACRO)
Es el momento de cambiar o seguir avanzando en tu carrera profesional
Descubre la formación que está ayudando a que muchas personas consigan sus objetivos de trabajar en lo que desean.
Además, no pierdes nada por intentarlo. Ya que, en el peor de los casos, habrás ganado conocimiento sobre algo que antes no conocías, no dominabas y poder implantar planes de autoprotección con la firma correspondiente frente a la administración pública.
Que malo sería eso, ¿verdad?
Preguntas frecuentes
¿Qué es un técnico competente en planes de autoprotección?
Según el R.D. 393/07 por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección, en adelante NBA, en su Artículo 4.1.b, dice que “El Plan de Autoprotección deberá ser elaborado por un técnico competente capacitado para dictaminar sobre aquellos aspectos relacionados con la autoprotección frente a los riesgos a los que esté sujeta la actividad”, igualmente en la propia norma en su apartado 3.3.1, repite prácticamente lo dicho en artículo antes mencionado “El Plan de Autoprotección habrá de estar redactado y firmado por técnico competente capacitado para dictaminar sobre aquellos aspectos relacionados con la autoprotección frente a los riesgos a los que esté sujeta la actividad, …”.
Las comunidades autónomas, al tener las competencias en ello, han regulado la mayoría en el sentido de que sea un titulado superior el que deba redactar y firmar tal plan de autoprotección, sin tener en cuenta lo que dice el repetido artículo 4.1b del R.D. 393/07 y el punto 3.3.1 de la NBA, donde se cita que debe estar capacitado para dictaminar sobre aquellos aspectos relacionados con la autoprotección frente a los riesgos que esté sujeta la actividad.
Y que función tienen aquí los Directores de Seguridad Privada, bueno pues debemos empezar diciendo que no es una formación universitaria reglada, aunque si un titulo propio, pero si es verdad que la formación que reciben los Directores de Seguridad Privada, y conforme a lo que determina la Ley de Seguridad Privada, va encaminada a poder cumplir las funciones que en esta Ley les asignan y que son:
“El análisis de situaciones de riesgo y la planificación y programación de las actuaciones precisas para la implantación y realización de los servicios de seguridad.
La organización, dirección e inspección del personal y servicios de seguridad privada.
La propuesta de los sistemas de seguridad que resulten pertinentes, así como la supervisión de su utilización, funcionamiento y conservación.
La coordinación de los distintos servicios de seguridad que de ellos dependan, con actuaciones propias de protección civil, en situaciones de emergencia, catástrofe o calamidad pública.
Asegurar la colaboración de los servicios de seguridad con los de las correspondientes dependencias de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
En general, velar por la observancia de la regulación de seguridad aplicable.”
Como podemos ver, el Director de Seguridad tiene un papel importante dentro de la Autoprotección de la empresa, ya que la Ley le faculta para determinados aspectos, los subrayados, imprescindibles para la correcta coordinación y ejecución de la Autoprotección.
Prerrequisitos para acceder a la formación
Conocimiento y manejo de AUTOCAD.
Si no los tienes, no te preocupes, también te formamos en en esta herramienta informática para que puedas alcanzar tus objetivos y llegar a ser: Técnico Competente en planes de Autoprotección. Pídenos información sobre este curso.
¿Qué requisitos debo reunir para acceder a la formación cómo técnico competente?
Ingeniero
Arquitecto
Ingeniero técnico
Arquitecto técnico
Coordinador de emergencias y Protección Civil
Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales
¿Dónde recibiré la formación?
La formación, la realizarás en la Ingeniería Legal Planning, perteneciente al Grupo Legal Planning, líder en el sector de emergencias donde tendrás la opción, una vez finalizada la formación, de formar parte de su plantilla y así empezar tu recorrido profesional con un puesto de trabajo.
Sólo hay 8 plazas disponibles por edición del curso, no te lo pienses más, APÚNTATE.
¿Cuánto cuesta esta formación?
Técnico competente en planes de autoprotección
- Forma de pago:
- 50% al inicio del curso
- 25% al inicio de la fase presencial
- 25% al finalizar el curso
